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La actividad de IMA Contigo supone una actividad ilegal de venta a distancia de medicamentos, según la Aemps

4 nov., 2022 | Actualitat, Notes de premsa, El Semàfor del soci, Empresarials, FEFAC, AFB, AFET, AFELL, AGFE, FEFAC Actua, Reflexions de Junta

La Direcció General d’Ordenació i Regulació Sanitària de la Generalitat de Catalunya nos ha hecho llegar una carta sobre la legalidad de los servicios que ofrece la empresa IMA Contigo.

En esta carta informa que, el pasado 24 de octubre, l’Aemps resolvió el recurso potestativo de reposición que la empresa IMA Contigo presentó contra la Resolución de la Dirección de la Aemps, por la que se requería la interrupción y/o retirada del servicio de la sociedad de la información. Este consiste en una intermediación en la venta a distancia de medicamentos a través de sitios web y su aplicación para dispositivos móviles.

En la citada resolución se menciona que, aunque la aplicación móvil haya sido eliminada, el sitio web ofrece un servicio que supone una intermediación en el proceso de venta/dispensación utilizando medios diferentes de los permitidos por la norma.

En consecuencia, establece que el servicio prestado por el sitio web de IMA Contigo supone una actividad ilegal de intermediación de venta a distancia de medicamentos, vulnerando lo previsto en el Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre.

Por este motivo, tal como explican desde la Direcció General d’Ordenació i Regulació Sanitària, el requerimiento de interrupción y/o retirada del servicio de la sociedad de la información consistente en una intermediación en la venta a distancia de medicamentos a través de sitios web y su aplicación para dispositivos móviles es firme en vía administrativa, sin perjuicio de la interposición de recursos en vía contenciosa administrativa por el interesado.

Posicionamento de FEFAC

Des de la empresarial creemos que la importancia de esta resolución de la Aemps es que no es solamente para el colectivo i la empresa, sino que incide en todas aquellas organizaciones públicas o privadas que difundan, contribuyan o se impliquen en esta, porque ya conocen de forma oficial que el proceso administrativo ha acabado y que, como se indica en la carta de Salud, la vía es la del contencioso administrativo. Es decir, recurrir partiendo de un posible defecto durante el proceso administrativo de la resolución o valoración del recurso interpuesto por IMA Contigo.

2 Comments
  1. Bona tarda Es pot fer alguna cosa per la retirada del anunci de TV?

    • Des de l’empresarial FEFAC seguirem denunciant la situació davant l’Aemps.

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